Un ERP para construcción es el sistema que concentra la gestión económica de la empresa y la reparte por obra: cada compra, albarán, parte de trabajo, certificación y factura se imputa a una obra concreta, de forma que en cualquier momento se pueda comparar lo presupuestado, lo producido y lo realmente gastado. Si su información económica sigue en hojas de cálculo que cuadran a final de mes, es la señal clásica de que hace falta. Forma parte del conjunto de herramientas descrito en la guía de software para empresas de construcción.
Qué debe hacer un ERP en una constructora
La diferencia con un ERP genérico no está en la contabilidad, sino en la estructura por obra. Funciones que conviene exigir:
| Función | Qué debe permitir |
|---|---|
| Costes por obra | Imputar compras, partes de trabajo, gastos y facturas a cada obra y a cada partida |
| Producción y certificaciones | Registrar la producción valorada y las certificaciones al cliente por unidad de obra |
| Subcontratos | Contratar, comparar ofertas, certificar al subcontratista y controlar modificaciones |
| Compras y almacén | Pedidos, albaranes, acopios y stock de materiales |
| Facturación | Emitir y recibir facturas conforme a la normativa vigente |
| Contabilidad y tesorería | Contabilizar sin duplicar datos y prever cobros y pagos por obra |
| Integración | Importar presupuestos y precios en BC3 y exportar datos a otras herramientas |
La última fila es clave: el presupuesto nace en un programa de presupuestos y mediciones y debe llegar al ERP sin reescribirse. El formato habitual es FIEBDC-3 (.bc3).
Ejemplos de soluciones con funciones verificadas
Se citan solo a modo de ejemplo, con lo que describe cada fabricante en su propia web; no constituyen recomendación ni ranking, y conviene pedir una prueba con datos propios.
- Cegid Sigrid. Cegid lo describe como un ERP para la gestión global de empresas constructoras, que sigue las obras desde la planificación hasta el cierre administrativo. Según su web, permite gestionar varias obras a la vez con ámbitos de coste, venta y producción valorada; imputa automáticamente partes de trabajo, hojas de gastos, albaranes y facturas; asocia certificaciones a cada unidad de obra; y genera proformas para subcontratistas a partir de la producción indicada por el jefe de obra, además de gestionar comparativos de ofertas y control de almacenes y acopios.
- Odoo. En su página para construcción, Odoo presenta un conjunto de aplicaciones: gestión de proyectos con planificación de recursos, compras e inventario con trazabilidad por lotes y números de serie, facturación por tiempo o materiales, partes de horas, seguimiento de gastos y análisis de rentabilidad por tarea, además de CRM y servicio técnico. La página no describe una gestión de subcontratos específica de obra, de modo que ese punto debe comprobarse en la demostración.
Requisitos normativos que debe cubrir el módulo de facturación
Factura electrónica estructurada
El Real Decreto 238/2026 exige que la factura entre empresarios y profesionales sea un mensaje estructurado conforme al modelo EN16931, en sintaxis CII, UBL, EDIFACT o Facturae (art. 7.1). Los plazos se cuentan desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026, el 6 de octubre de 2026: doce meses para quien superó 8 millones de euros de volumen de operaciones el año anterior y veinticuatro para el resto (disposición final cuarta). El artículo 6.1 admite plataformas privadas, la solución pública de la AEAT o una combinación; la solución pública es gratuita (art. 11.10).
Preguntas para el proveedor del ERP: qué sintaxis emite y recibe, si actúa como plataforma privada o se conecta a una, y cómo gestiona la recepción de facturas de subcontratistas y proveedores.
Sistemas de facturación y VERI*FACTU
El Real Decreto 1007/2023 obliga a que el software de facturación garantice la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros (art. 8) y a que el productor emita una declaración responsable visible en el propio sistema (art. 13). Los plazos legales son antes del 1 de enero de 2027 para las sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto, aunque Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 la previsión de aplazarlos hasta octubre de 2028. A 27 de octubre de 2026 no he localizado la norma que lo formalice; solicite al proveedor un compromiso de adaptación a la versión que quede vigente.
Subcontratación en obra
La Ley 32/2006 obliga al contratista a llevar un Libro de Subcontratación que debe permanecer en la obra y en el que se registra cada subcontrato con su nivel, empresa comitente y objeto (art. 8). Un ERP no sustituye ese libro, pero sí puede guardar los datos de cada subcontrato de forma ordenada para volcarlos al libro. Se desarrolla en software de gestión de obras.
Cómo evaluar un ERP: proceso recomendado
- Mapee sus procesos reales de una obra tipo: desde la oferta hasta la liquidación, y marque qué dato nace en cada paso.
- Defina los informes que necesita el gerente (resultado previsto por obra, desviaciones, tesorería) y exija verlos con datos propios.
- Pida una prueba con una obra cerrada: cargue su presupuesto en BC3, sus albaranes y sus certificaciones, y compruebe que el resultado coincide con el real.
- Valide el uso en obra: el jefe de obra debe poder registrar partes y producción sin pasar por administración.
- Compruebe la facturación: formatos de factura electrónica, declaración responsable del Real Decreto 1007/2023 y calendario de adaptación.
- Confirme la salida de datos: exportación completa si cambia de proveedor.
- Planifique la implantación por fases, empezando por una obra piloto, con formación a quien introduce el dato.
Cuándo no hace falta un ERP
Si la empresa trabaja con una o dos obras y la gestoría lleva la contabilidad, un programa de presupuestos y control de costes bien usado suele ser más rentable que un ERP completo. Si además capta clientes de forma recurrente, un CRM para construcción ligero aporta más que un módulo comercial sin uso dentro de un ERP.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia a un ERP de construcción de un ERP genérico?+
El ERP genérico organiza la contabilidad y la facturación por empresa; el de construcción lo hace por obra: imputa costes, certificaciones y subcontratos a cada obra y permite comparar lo vendido, lo producido y lo gastado. Un ERP genérico puede cubrirlo, pero con configuración o módulos adicionales.
¿Necesito un ERP o me basta con un programa de presupuestos?+
Un programa de presupuestos cubre la fase de oferta y, en muchos casos, el control de costes y certificaciones. El ERP es necesario cuando hay que unir esa información con compras, contabilidad, tesorería y facturación de toda la empresa.
¿Tiene que ser un ERP en la nube?+
No lo exige ninguna norma. Lo relevante es que el jefe de obra pueda introducir partes, albaranes y producción desde campo y que el sistema cumpla los requisitos de facturación del Real Decreto 1007/2023 y de la factura electrónica.
¿Mi ERP tiene que emitir factura electrónica?+
Sí, en los plazos del Real Decreto 238/2026: 12 meses para quien superó 8 millones de euros de volumen de operaciones el año anterior y 24 meses para el resto, desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026 (6 de octubre de 2026). Puede cumplirse con el ERP, con una plataforma privada o con la solución pública gratuita de la AEAT.
¿El ERP sustituye al Libro de Subcontratación?+
No. El Libro de Subcontratación es un documento exigido por la Ley 32/2006 que debe permanecer en la obra. El ERP puede almacenar los datos de cada subcontrato y servir de apoyo, pero la habilitación y el soporte del libro dependen de la autoridad laboral.
Fuentes consultadas
- 01Cegid. Sigrid, software ERP para construcción. Consultado el 27 de octubre de 2026.
- 02Odoo. Software para construcción. Consultado el 27 de octubre de 2026.
- 03BOE-A-2026-7295. Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales. Consultado el 27 de octubre de 2026.
- 04BOE-A-2026-20587. Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la solución pública de facturación electrónica. Consultado el 27 de octubre de 2026.
- 05BOE-A-2023-24840. Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, Reglamento de sistemas informáticos de facturación (texto consolidado). Consultado el 27 de octubre de 2026.
- 06Ministerio de Hacienda. Nota informativa de 5 de octubre de 2026 sobre la previsión de modificación de plazos de VERI*FACTU. Consultado el 27 de octubre de 2026.
- 07BOE-A-2006-18205. Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. Consultado el 27 de octubre de 2026.
Editor de Detalle Constructivo
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